sábado, noviembre 18, 2006

Reflexiones Navales I

Reflexiones Navales I

CONCLUSIONES(*)

1. Cada vez es más grande la brecha existente entre la Marina Mercante y la Armada.

2. Según el art. 416 Ordinal “B” de la LOFAN, se confiere el título de Alférez de Navío de reserva, a los Oficiales de la Marina Mercante recién graduados.

3. Amparado en el art. 416 Ordinal “B” de la LOFAN y la Ley del SMO, aunado a la dificultad de que la flota mercante nacional, absorba toda la plantilla de graduados, se pudiera estudiar la posibilidad de un número de estos marinos mercantes ocupen plazas en nuestras unidades durante un tiempo que se determine, y que de acuerdo a los ascensos propios de la marina mercante, se asciendan en el escalafón previsto a los Oficiales de reserva, según la LOFAN.

4. Estudiar la posibilidad de que la Armada convenie con la CAVN y la flota petrolera, que Oficiales navales se embarquen en la flota mercante o petrolera, durante un tiempo a determinarse
[1].

5. Estudiar la posibilidad de que la Armada mediante convenio con la CAVN y la flota petrolera, forme a los cuadros de marinería de esas flotas y que supervise o gerencia a las escuelas dedicadas a tal fin.

6. Es imprescindible lograr un efectivo y real control de tráfico marítimo (CTM) para esto se recomienda el nombramiento de una comisión que estudie un proyecto, y mantenga conversaciones con el MTC, Capitanías de Puerto, FAC, flota mercante y petrolera y otras armadas de países amigos con sistema de CTM.

7. Se requiere una cobertura total de comunicaciones en toda la ZEE a través del canal 16, u otro canal que garantice esto
[2].
8. Es recomendable comenzar el CTM con la flota mercante y petrolera, luego con la flota pesquera y por último la flota deportiva.

9. Se pudiera pensar la posibilidad de colocar un oficial (AN o TF) en cada una de las capitanías.

10. Se recomienda el estudio de un proyecto de Ley que exija a todas las embarcaciones como requisito para hacerse a la mar, una especie de seguro de responsabilidad civil que cubra los gastos que pudieran ocasionar cualquier operación SAR.

11. Se recomienda el estudio de una comisión que estudie la participación de la Armada como coordinadora, ejecutora y supervisora de toda actividad de investigación oceanográfica y labores hidrográficas en nuestro espacio marítimo fluvial y lacustre según reza el artículo 10 de la LOFAN.

12. Nombrar una comisión que estudie un procedimiento que permita a la Armada regular la actividad de la marina deportiva.
(*) Presentadas al Alto Mando Naval, por el Capitán de Fragata Julio Peña Acevedo en el mes de julio de 1.991.
[1] Nótese el impacto de esta acción (de haberse concretado) durante los acontecimientos del tristemente recordado paro petrolero de diciembre de 2.002.

[2] El sistema GMDSS fue licitado por el INEA en 2.002 y hasta la fecha no ha sido instalado, por otra parte el Sr. Presidente de la República otorgó en la Ceiba, Estado Trujillo, en el acto de promulgación de la Ley General de Puertos, el contrato para el estudio del sistema supervisorio del trafico en el lago de Maracaibo y Golfo de Venezuela, el cual hasta la fecha, no ha sido ejecutado.