viernes, noviembre 17, 2006

DOCUMENTO FINAL DE LA COMISIÓN Nº 2 DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

DOCUMENTO FINAL DE LA COMISIÓN Nº 2 DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

“La nueva concepción del espacio geográfico de la República, amplía la visión de soberanía y delimita con mayor precisión el campo de aplicación de esa soberanía; ese espacio geográfico contempla: el Territorio Continental, el Territorio Insular, el Espacio Acuático, el Espacio Aéreo y el Espacio Ultraterrestre Suprayacente.
Por Primera vez se le da la misma importancia o se coloca al mismo nivel para efectos del ordenamiento territorial y los planes de desarrollo de la Nación, a los territorios continentales con los territorios insulares, al igual que a los espacios fronterizos y acuáticos.
El proyecto en cuestión refleja los tres (3) formas o maneras de que el estado venezolano visualiza su actuación en esos espacios geográficos:

1- Ejercicio pleno de su soberanía

· Territorio -continental
· Territorio insular
· Espacio aéreo
· Suelo
· Subsuelo
· Mar territorial
· Áreas marinas interiores, históricas y vitales


1- Derechos exclusivos de Soberanía, Vigilancia y Control

§ Espacios acuáticos
§ Espacios aéreos
§ Costas
§ Fronteras
§ Espacio ultraterrestre, Suprayacente


2- Responsabilidad para preservar y desarrollar:

· Espacios:
§ Fronterizos, insulares y marítimos

El capitulo sobre el Espacio Geográfico de la República, fue redactado en estricta observancia del derecho internacional y los tratados, laudos y convenios no viciados de nulidad, y al mismo tiempo agregando de manera soberana y firme, una redacción que permita su fácil comprensión hasta para el mas común de los Venezolanos y manteniendo el carácter de áreas marinas históricas y vitales y el derecho ineludible e incuestionable del Estado sobre estos espacios.

Para finalizar, el Titulo I del Proyecto de Constitución presentado por la Comisión, contiene una serie de logros insertando en su texto vitales y novedosos aspectos fundamentales de la identidad nacional, entre otros: Permite definir el gentilicio venezolano, delimita los derechos de los venezolanos en ese espacio geográfico, inculca los valores de Patria, Nación, Soberanía, Estado y Símbolos Patrios; establece los principios básicos de seguridad, defensa y desarrollo; Plantea los deberes fundamentales del Estado y sus connacionales; fija ampliamente el principio democrático del Estado; Fortalece el Castellano como idioma oficial, y delinea los intereses fundamentales del Estado.”

Caracas, 18 de octubre de 1999

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