lunes, noviembre 20, 2006

ENFRENTANDO EL PROBLEMA DEL CALENTAMIENTO GLOBAL - KIOTO

2.6.- ENFRENTANDO EL PROBLEMA DEL CALENTAMIENTO GLOBAL(*)

Seth Dunn, del Earth Times plantea lo siguiente:

“No más de 50 años atrás, Kyoto fue “perdonada” de la destrucción por una bomba atómica - debida a su significado cultural como la antigua cuna del Imperio japonés - durante la 2ª Guerra Mundial. En nuestro actual mundo en calentamiento, a medida que los antiguos imperios, se dan cuenta de, posiblemente, las más serias consecuencias de sus revoluciones industriales, Kyoto debe nuevamente lograr un lugar, en forma más pacífica, en la historia, como el sitio donde la humanidad se perdonó de niveles desastrosos de cambio climático. La IPCC que nos advierte, también nos da esperanzas, haciendo notar que reducciones significativas en las emisiones son no sólo económicamente, sino técnicamente factibles”.


Es por ello que la comunidad internacional a partir de las evidentes señales del deterioro del medio ambiente, se ha venido planteando una serie de acciones para reducir la emisión de gases contaminantes a la atmósfera, las cuales, entre otras, se resumen a continuación:

Agenda 21, Conferencia sobre Medio Ambiente y Desarrollo de la ONU, comprende una serie de estrategias integradas y programas detallados para parar y revertir los efectos de la degradación ambiental y promover el desarrollo adecuado y sustentable en todos los países.

Declaración de Río, Conferencia sobre Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas, Río de Janeiro, Junio 1.992. Reafirma la declaración de la Conferencia sobre el Ambiente Humano de las Naciones Unidas de 1.972. Establece la cooperación entre los estados miembros para lograr acuerdos en las leyes y principios que promuevan el desarrollo sustentable.

Convención Marco sobre Cambio Climático de las Naciones Unidas (FCCC), firmada en 1.992 por 165 estados, compromete a sus firmantes a la meta de “estabilizar la concentración de gases invernadero en la atmósfera a niveles que eviten interferencias antrópicas con el sistema climático”, reducir las emisiones de gases invernaderos a niveles del año 1.990 para el año 2000. Establece un protocolo para que las naciones hagan un inventario de emisiones y puedan seguir sus progresos.
2.7.- EL PROTOCOLO DE KYOTO[1]


Pacto al que llegaron los gobiernos en la conferencia de las Naciones Unidas celebrada en Kyoto, Japón, en 1.997 para reducir la cantidad de gases de efecto invernadero emitidos por los países desarrollados en un 5,2 por ciento respecto a los niveles registrados en 1.990 durante el período de cinco años comprendido entre 2.008 y 2.012. Un total de 141 naciones han ratificado el pacto, de acuerdo con los datos de las Naciones Unidas.

El protocolo de Kyoto de las Naciones Unidas pretende restringir las emisiones que provocan el calentamiento global a partir del 16 de febrero después de años de retraso. El tratado entra en vigor a pesar de la resistencia de Australia, país que junto con Estados Unidos ha rehusado ratificar el pacto del cambio climático alegando que excluye injustamente a grandes naciones en vías de desarrollo como la India y China.

Se incluyeron en el acuerdo de Kyoto mecanismos para el "Comercio de Emisiones" (posibilidad de comprar excedentes de CO2 a otros países que hayan reducido sus emisiones), un "Mecanismo para un Desarrollo Limpio" (proyectos en países en desarrollo por parte de países industrializados), "la implementación conjunta” (puesta en práctica conjunta entre países industrializados) y los sumideros (dependencia de los bosques y la vegetación para absorber CO2). Estos mecanismos están pensados para ser "suplementarios" de las medidas de reducción, pero definir lo que esto significa ha ocupado a los negociadores durante los últimos años.

A través de un acuerdo alcanzado en 2.001 por los ministros de medioambiente en Alemania, los países que excedan las cuotas marcadas como objetivo en 2.012 deberán cumplir con los recortes y un 30 por ciento más en un segundo período a partir de 2.013. Los países rechazaron la idea de imponer una sanción financiera.

Únicamente 39 países - relativamente desarrollados - deben reducir sus emisiones un 5,2 por ciento, mediante el establecimiento de objetivos de niveles de emisión para el período 2.008-2.012, adhiriéndose al principio establecido en la UNFCCC de que los países más ricos deberían ir en cabeza. Cada país negoció diferentes objetivos, Rusia se comprometió a estabilizar las emisiones en los niveles de 1.990 y la Unión Europea se comprometió a un recorte de un 8 por ciento.

2.8.- SITUACIÓN ACTUAL DEL PROTOCOLO DE KYOTO

La UE aceptó el objetivo de un 8% de reducción; EE.UU 7% y Japón 6%. Sin embargo, otros países tenían el compromiso de estabilizar sus emisiones como Nueva Zelanda, Rusia o Ucrania, o la posibilidad de incrementarlas como Noruega un 1% y Australia un 8%. Lo mismo sucedió con el reparto que los países europeos hicieron de su 8% conjunto, permitiendo a España aumentar las emisiones en un 15%. Como las emisiones reales de Rusia cayeron con el colapso económico de principios de los 90, la concesión creó un significativo excedente de "derechos" de contaminación (conocido como "aire caliente") que podría ser vendido al mejor postor.

La Administración Bush decidió no ratificar el Protocolo de Kyoto y los negociadores de su Gobierno encabezaron un grupo compuesto fundamentalmente por Australia, Canadá, Japón, Nueva Zelanda y Rusia que buscó dinamitar el acuerdo para permitirles tomar medidas en contra y así reducir las emisiones nacionales.

Finalmente, y de acuerdo a las últimas negociaciones, Canadá, Japón y Nueva Zelanda decidieron ratificar este acuerdo internacional. Tras la ratificación por parte de Rusia en septiembre de 2004 el Protocolo de Kyoto se convierte así en Ley internacional. Poniéndose en marcha todos los mecanismos existentes en él.

El protocolo de Kyoto es legalmente vinculante para los países que lo han ratificado a partir del 16 de febrero de 2.005, después de haberse cumplido dos condiciones: el respaldo de al menos 55 países que representan al menos el 55 por ciento de las emisiones de dióxido de carbono de los países desarrollados. La segunda condición se vio cumplida en noviembre de 2004 cuando Rusia ratificó el protocolo y actualmente los países que lo respaldan representan el 61,6 por ciento de las emisiones. Estados Unidos, el mayor contaminador mundial, no ha ratificado el tratado alegando que el protocolo de Kyoto es demasiado caro y omite equivocadamente a algunas naciones en vías de desarrollo.

2.9.- VENEZUELA Y EL PROTOCOLO DE KYOTO

Se puede asegurar que Venezuela no representa ninguna amenaza por las pocas emisiones de gases tóxicos que se emiten a la atmósfera desde nuestro país, tampoco existen deforestaciones masivas, pero el cometimiento de delitos ecológicos, por más leve que sean, sumados a lo del resto del mundo, causan un daño evidente al medio ambiental.

Lo relevante de la situación, es que los países menos desarrollados industrialmente, con poca o baja población, sin ser los más contaminantes, son los que sufren con mayor severidad las consecuencias de los daños ecológicos que se originan en los países más desarrollados; los llamados países del tercer mundo, al tener un alto porcentaje poblacional en pobreza extrema y menos dinero o recursos para combatir contingencias de este tipo, son vulnerables a sentir con severidad la degradación del medio ambiente.

No obstante Venezuela se suma a los países que ratificaron el protocolo de kyoto, y la Ministra del Ambiente Ana Elisa Osorio anunció
[2] que:

Una de las primeras medidas a ejecutar por Venezuela siendo parte de este acuerdo será "la creación de una oficina compuesta por varios despachos del Ejecutivo -incluido Ambiente-, como Energía y Minas, Planificación y Desarrollo, Agricultura y Tierras, Infraestructura, Petróleos de Venezuela [...] que deberá formular políticas públicas en el corto, mediano y largo plazo, que deberán ser asumidas tanto para la mitigación como para la reducción de emisiones" Ídem.).

La ministra recordó que en el año 2.004 su despacho culminó el inventario nacional de gases efecto invernadero con un resultado "muy alentador" (Ministerio de Comunicación e Información, Ídem.).. Sostuvo Osorio que "aunque Venezuela es un país petrolero, la cantidad de emisiones de estos gases es relativamente baja y corresponde al 0,48% de todas las emisiones mundiales, mientras que dentro de América Latina, se encuentra en el cuarto lugar después de Brasil, México y Argentina" (Ministerio de Comunicación e Información, Ídem.).

Otros analistas opinaron así:

Diego Díaz Martín, presidente de la organización ambientalista venezolana Vitalis, manifestó que "ve con buenos ojos la inclusión de Venezuela en esta iniciativa mundial"

Díaz Martín aclaró que "el Protocolo no impone compromisos de reducción de gases a países en desarrollo como Venezuela pero, plantea herramientas de flexibilización para involucrar a este tipo de naciones en el logro del desarrollo sostenible, como lo es el mecanismo de producción limpia que les permite contribuir con otros países a la mitigación de las sustancias perjudiciales. Esto implica que Venezuela podría tener acceso a tecnologías y financiamiento para alcanzar mayor eficiencia energética que favorezca la producción limpia" (El Universal, Ídem.).

De acuerdo con Franklin Rojas Suárez, presidente de Conservación Internacional Venezuela, la adhesión del país al Protocolo de Kyoto implica beneficios para los sectores energético y forestal. Explica que ello se debe a que es el único país de la OPEP signatario del documento que tiene capacidad para comercializar petróleo bajo en contaminantes.
Ello es posible gracias a que los bosques del territorio nacional permiten producir el hidrocarburo con bajas concentraciones de dióxido de carbono, y es precisamente la reducción de emanaciones de este gas uno de los compromisos vitales del protocolo. "Esto se traducirá en fuente de recursos económicos" (El Universal, Ídem.).

A continuación se resume el informe legislativo venezolano, sobre la aprobación del Protocolo de kyoto:

Título: Ley Aprobatoria del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
Período Legislativo: Primero de 2004
No. de Expediente: 335
Entrada en Cuenta: 15-06-04
Enviado a la Comisión Permanente de Política Exterior
Proponente: Ministerio de Relaciones Exteriores
Discusiones:
Fecha de la 1º Discusión: 22/06/2004
Fecha de aprobación de la 1º Discusión: 22/06/2004
Fecha de aprobación de la 2º Discusión: 22/07/2004

Fecha de la Sanción:
22/07/2004
Publicada en la Gaceta Oficial Número: 38.081 del 07-12-04

TEXTO SANCIONADO:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DECRETA
La siguiente,

LEY APROBATORIA DEL PROTOCOLO DE KYOTO DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO

ARTICULO ÚNICO
Se aprueba en todas sus partes y para que surta efectos internacionales en cuanto a la República Bolivariana de Venezuela se refiera, el "Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático", adoptado en la ciudad de Kyoto-Japón, el 11 de diciembre de 1.997.
(*) Recopilación de Julio Peña
[1] Reuters. 16.02.2005 - 07:47h.

[2] Declaraciones al diario El Universal, 15.11.04
Caracas, julio 2004
Julio Peña